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Ley de Hidrocarburos 2026 y su Reglamento: qué cambió para operar en Venezuela

La reforma de enero y el reglamento de julio redefinen quién puede operar, bajo qué contrato y con qué carga fiscal.

18 de septiembre de 2026 · Lectura de 6 min

Aviso

Este texto es un análisis general con fines informativos. No constituye asesoría legal, fiscal ni financiera, ni sustituye la revisión de los textos oficiales por abogados y asesores calificados. La normativa venezolana y las licencias de OFAC cambian con frecuencia.

Venezuela reformó su Ley Orgánica de Hidrocarburos el 29 de enero de 2026 y, el 7 de julio, publicó el reglamento que la desarrolla. Los dos textos cambian el marco vigente desde 2006: amplían quién puede participar en las actividades primarias, reducen pasos de aprobación y fijan una carga fiscal con techos definidos.

Lo que cambió en la ley

  • Quién opera. Las actividades primarias pueden ser desarrolladas por el Estado, por empresas mixtas con mayoría accionaria estatal o por empresas privadas domiciliadas en Venezuela mediante contratos.
  • Empresas mixtas. Ya no requieren aprobación previa de la Asamblea Nacional: basta la autorización del Ejecutivo y una notificación posterior.
  • Socios minoritarios. Pueden asumir la operación técnica, el manejo de cuentas y la comercialización directa, con autorización.
  • Nuevos esquemas contractuales. Operadores que asumen costos, riesgos y gestión integral del proyecto.
  • Protecciones. Mediación y arbitraje para resolver disputas y una cláusula de equilibrio económico-financiero frente a cambios legales o fiscales.
  • Propiedad. Los yacimientos siguen siendo del Estado.

Lo que agregó el reglamento

  • Una alícuota agregada de regalía más Impuesto Integrado de Hidrocarburos (IIH) que varía según el tipo de proyecto, con hasta 5% adicional de reducción para proyectos costa afuera o con mejoramiento y refinación integrados.
  • Impuesto sobre la Renta de 34% para proyectos greenfield, con posibilidad de depreciación acelerada hasta por 7 años.
  • Contenido nacional obligatorio en bienes, servicios, talento y capital.
  • Autorización del Ministerio para los actos ante registros y notarías que constituyan sociedades, cedan derechos o participación accionaria o impongan gravámenes.

Un punto que suele pasarse por alto: los servicios petroleros

La resolución del Ministerio de Hidrocarburos publicada en la Gaceta Oficial N° 43.410 aplica el IIH también a los servicios petroleros especializados, además del mejoramiento, la refinación, la industrialización y la comercialización. Quien presta servicios a operadores debe revisar cómo esa carga afecta su precio y su contrato.

Lectura de ARIÓN

Para un inversionista, el cambio central es contractual: hay más formas de entrar y más protección escrita, pero las tasas escalonadas obligan a modelar cada proyecto por separado. Para un proveedor, el contenido nacional y el IIH sobre servicios favorecen a quien llega con estructura y socios locales. Queda por seguir la práctica de las autorizaciones ministeriales, los modelos de contrato y cualquier ajuste posterior a las tasas.

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